Analizando el protocolo de intercambio de datos de residuos E3L 3.0

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Sobre la Entidad

ISMedioambiente
El Instituto Superior del Medio Ambiente es un centro de formación especializado en el ámbito del Medio Ambiente: desarrollo sostenible, energía y cambio climático, impacto ambiental, responsabilidad social, y servicios ambientales.

La Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados y el Real Decreto 180/2015 de traslado de residuos establecen que la tramitación de los procedimientos administrativos relativos a residuos ha de llevarse a cabo por vía electrónica. Para desarrollar este punto, se creó un grupo de trabajo entre las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) con el objetivo de simplificar y estandarizar la información electrónica, tomando como punto de partida los modelos definidos en el marco del Proyecto ETER.

En su momento, el MAPAMA hizo públicas especificaciones para que entidades públicas y empresas privadas del ciclo de la gestión de residuos pudieran modificar sus sistemas de información para intercambiar electrónicamente los datos de residuos. El lenguaje utilizado es el estándar de tramitación ambiental E3L, cuya versión 2.3 es ampliamente conocida y utilizada en el sector. No obstante, ha sido necesario evolucionar este estándar a su versión 3.0 para adaptarse a los cambios normativos del RD 180/2015 de traslados.

Talleres y Seminarios Específicos

Con el objetivo de dar a conocer requisitos y obligaciones asociadas al traslado de residuos, en los últimos meses hemos celebrado varios Talleres específicos relacionados con la gestión de residuos en colaboración con Teimas, empresa tecnológica del sector residuos y desarrolladora del software Teixo.

Aprovechamos la presentación de este escenario para confirmar que estas cuestiones y todas las que tienen que ver con el protocolo de intercambio de datos de residuos E3L 3.0. formarán parte del Taller: Nuevas Obligaciones en el Traslado de Residuos cuya celebración está prevista en València el próximo 13 de Diciembre. Entre las principales consideraciones, destacan:

  1. La figura del gestor de tratamiento, denominándose así al explotador de una instalación, que puede coincidir o no con el titular de la misma.
  2. La actividad principal será obligatoria para la asignación de NIMA y debe figurar en todos los documentos. Gestores, transportistas y productores de residuo tendrán la obligación de informar el código de actividad CNAE 2009, tal como consta en la Agencia Tributaria.
  3. Se establece el procedimiento de asignación de NIMA para casos comunes dentro de la gestión de residuos como obras, contenedores, contratas de mantenimiento, unidades móviles, instalaciones de telefonía o eléctricas, comercios de electrodomésticos y ciudadanos particulares.
  4. Desaparece el código de autorización de recogedor o transportista asumiendo la titularidad (G03) y aparecen nuevos códigos para agentes, negociantes, poseedores, etc. Las entidades con autorización G03 pasan a ser transportistas.
  5. Se presenta ESIR, plataforma del MAPAMA que incluirá el Registro de Producción y Gestión de Residuos, las memorias anuales de gestores (MAG) y la validación e intercambio de documentos de traslado, en sustitución de la plataforma E3P.
  6. Las operaciones de eliminación y valorización de residuos definidas en los anexos I y II de la Ley 22/2011 (tablas D y R) se ampliarán con códigos de actividad más detallados que estarán a disposición en la versión 3.1 de E3L.
  7. Se introduce la figura del representante en los términos establecidos en el Real Decreto 1671/2009 para la presentación de documentos electrónicos.
  8. En los documentos de identificación (DI) sólo se tendrá en cuenta el peso neto, a diferencia de los DCS donde también se informaba el peso bruto.

La publicación de la guía de procedimientos E3G y de esta versión del estándar ambiental E3L por parte del Ministerio es, sin duda, una buena noticia para todos los que formamos parte de este sector. La versión 3.0 permite generar la documentación definida en el RD 180/2015 de traslados (Contrato de tratamiento, Documento de identificación y Notificación previa) y da soporte a las figuras del operador, agente y negociante, entre otras ventajas.

Cualquier interesado en conocer más sobre las implicaciones de este nuevo protocolo puede solicitar su participación en el Taller: Nuevas Obligaciones en el Traslado de Residuos que se organiza en colaboración con Smarting Ingeniería de Servicios Urbanos y la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural de la Generalitat de València, el 13 de Diciembre en València.

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