Colombia hará descuentos a los usuarios afectados por la falta de la recolección de sus residuos

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El Ministerio de Vivienda de Colombia es le entidad responsable de la prestación de servicios públicos de agua potable y saneamiento básico.
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En atención a la información publicada en distintos medios de comunicación, sobre los posibles descuentos que se aplican en la factura del servicio público de aseo por fallas en la recolección de residuos sólidos, es pertinente señalar que la Resolución 720 de 2015, de la saneamiento-basico" class="alinks-link" title="Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico">Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, marco tarifario de aseo vigente para el país, contempla la obligatoriedad que tienen las empresas de servicios públicos de aplicar descuentos en la factura de los usuarios debido a fallas en la prestación del servicio público de aseo.

Así lo dio a conocer el ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Camilo Sánchez, quien además aclaró que esta medida tiene en cuenta el incumplimiento por la falta de recolección de los residuos sólidos en los días y las horas en los que regularmente opera la ruta de la empresa de servicios de aseo dentro de su barrio o localidad.

“Para el Gobierno Nacional, la prioridad son los usuarios y por eso procuramos que en caso de verse afectados puedan acceder a los derechos que les otorga la normatividad vigente en el país”, aseguró el Ministro.

Para la aplicación de los descuentos se tendrá en cuenta el número de frecuencias de las rutas que se dejaron de realizar y aquellas que se llevaron a cabo con un retraso superior a tres horas, con relación al horario al que se comprometió la empresa dentro de la prestación del servicio de aseo para su barrio. Las empresas del servicio público de aseo deberán identificar a los usuarios a quienes incumplió en por lo menos una vez en la frecuencia o el horario de su ruta de recolección de residuos sólidos.

Este descuento deberá verse reflejado en un plazo no mayor a seis meses contados a partir del 30 de junio del presente año. Es importante aclarar que se debe esperar hasta la finalización del semestre en el que se incurre la falla, debido a que el cálculo de algunos de los valores que se liquidan dentro de la tarifa se realiza con corte semestral.

En caso de que la empresa no haga efectivos los descuentos durante el período señalado anteriormente, deberá hacerlo posteriormente reconociendo a cada usuario afectado el descuento total pendiente y los intereses a que haya lugar.

Se debe tener en cuenta que estos descuentos son aplicados por las empresas que prestan el servicio público de aseo, y no por los municipios o distritos, y deben ser evaluados ante situaciones de emergencia que comprometan su prestación. Además se debe considerar que, las fallas en la prestación son analizadas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios – SSPD, que podrá investigar y sancionar por la situación presentada en la ciudad.

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